Los peruanos de nacimiento, al cumplir los diecisiete (17) años de edad deben inscribirse en las Oficinas de Registro Militar, dentro del territorio nacional donde funcionen estas oficinas. Los datos proporcionados en la inscripción militar tienen carácter de declaración jurada.
Los peruanos que cumplen diecisiete (17) años de edad, tendrán plazo hasta antes de cumplir los dieciocho (18) años para inscribirse en el Registro Militar. Transcurrido dicho plazo será considerado “omiso a la inscripción”.
En caso que la inscripción, la toma de datos antropométricos y psicosomáticos podrá realizarse en una Oficina de Registro Militar (ORM).
En caso que la inscripción se realice directamente en las Oficinas de Registro Militar (ORM), se entregará la Constancia de Inscripción Militar (CIM) al término de la Inscripcion.
Los extranjeros que obtengan la nacionalidad peruana, deberán inscribirse dentro de los noventa (90) días siguientes a la naturalización, siguiendo los mismos procedimientos, establecidos en los párrafos precedentes.